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El Régimen de Zona Franca:
Es considerado una combinación entre incentivos y beneficios otorgados por el Gobierno a compañías de manufactura y servicios que han escogido Costa Rica para llevara cabo una nueva inversión acogidos al Régimen de Zona Franca.
Para más información por favor contáctenos.
Beneficios
Exención del pago de todo tributo y derecho consular sobre la importación de materias primas, productos elaborados o semielaborados, componentes y partes, materiales de empaque y envase, así como otras mercaderías requeridos para su normal operación.
Exención de todo tributo y derecho consular que afecte la importación de maquinaria y equipo, lo mismo que sus accesorios y repuestos, así como la importación de vehículos automotores necesarios para la operación, producción, administración y transporte, como se detalla:
Camiones y pick ups de más de dos toneladas de carga
Vehículos con capacidad mínima para 15 personas
Chasis para camiones
Exención de tributo y derecho consular sobre la importación de combustibles, aceites y lubricantes requeridos para la operación de las empresas, siempre y cuando éstos bienes no sean producidos dentro del país.
Exención de todo tributo asociado con la exportación o reexportación de productos y mercancías ingresadas al amparo del Régimen.
Exención por 10 años, a partir del inicio de operaciones del pago del impuesto sobre el capital y el activo neto así como del pago del impuesto de traspaso de bienes inmuebles.
Exención del impuesto de ventas y consumo sobre las compras de bienes y servicios.
Exención del impuesto sobre el envío de remesas al extranjero
Exención de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro que se derive de las ganancias, ya sean brutas o netas, los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas de conformidad con las siguientes distinciones
Empresas ubicadas en "zonas de mayor desarrollo relativo" la exención es de un 100% hasta por un periodo de 8 años y un 50% por los siguientes 4 años.
Empresas ubicadas en "zonas de menor desarrollo relativo" la exención es de un 100% hasta por un periodo de 12 años y de un 50% en los siguientes 6 años
Exención de todo tributo y patente municipal por un periodo de 10 años.
Exención de todo tributo sobre la importación y exportación de muestras comerciales o industriales, previa autorización de Procomer.
Más información en:
www.azofras.com
www.procomer.com
www.cinde.org
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